Empresas y finanzas

La CNMC multa a Repsol con cinco millones por desobedecerla en el mercado de gasolineras

  • El Regulador le había impuesto condiciones en dos resoluciones de 2009 y 2013
  • La petrolera ya fue multada en 2015 con 8,75 millones y en 2019 seguía sin cumplir
  • Repsol anuncia que recurrirá la sanción en la Audiencia Nacional
Logotipo de Repsol. Foto: Archivo

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de cinco millones de euros a Repsol por incumplir las obligaciones que le había impuesto en dos expedientes sancionadores previos, de 2009 y 2013, que también afectaron a Cepsa y BP, por fijar indirectamente el precio de venta al público de sus carburantes en gasolineras independientes que operaban bajo su bandera, restringiendo así la competencia. La petrolera sostiene que ha cumplido los mandatos del Regulador y anuncia que recurrirá la sanción en los tribunales.

En las dos resoluciones anteriores, la CNMC, además de sancionar a las petroleras, les instó a tomar las medidas necesarias para que el precio de trasferencia o de cesión del carburante se estableciera con criterios objetivos, de forma que no desincentivaran a las estaciones de servicio a realizar descuentos a sus clientes.

La resolución aprobada ahora forma parte de la labor de vigilancia que realiza la CNMC para verificar el grado de cumplimiento de las obligaciones que impuso a las petroleras en las citadas resoluciones.

Concretamente, afectan a la forma de determinación del precio de transferencia del carburante en los contratos de comisión y en los contratos de reventa indexada a precio de referencia en los cuales los distribuidores son empresarios independientes.

La entidad dirigida por Cani Fernández anunció la apertura del expediente, que ha terminado en la citada sanción, el pasado mes de septiembre.

Medidas adoptadas por Repsol

En este sentido, según apunta el Regulador, la única solución de cumplimiento que adoptó Repsol desde 2016 fue implementar un nuevo modelo de contratación, el conocido como "Modelo Consigna", que se basa en la fijación directa de precios a las estaciones de servicio afectadas, bajo la presunción de que actúan como agentes o comisionistas puros.

La fecha definitiva de finalización del proceso de conversión de todos sus contratos al citado modelo era el 31 de diciembre de 2018. Sin embargo, a fecha 1 de enero de 2019 seguían subsistiendo en la red de Repsol una gran cantidad de contratos que incumplían las resoluciones de 2009 y de 2013.

Por todo ello, la CNMC considera acreditado que Repsol ha incumplido las citadas resoluciones, en relación con los contratos sujetos a cumplimiento subsistentes, entre el 1 de enero de 2019 y el 22 de octubre de 2019, fecha, esta última, en la que la petrolera decidió unilateralmente migrar todos los contratos subsistentes a un modelo alternativo denominado "Variable precio de tercer cuartil provincial".

En consecuencia, la CNMC ha impuesto a Repsol Comercial De Productos Petrolíferos, S.A. una sanción de cinco millones, de acuerdo con lo previsto en el apartado 1.c) del artículo 63 de Ley de Defensa de la Competencia (LDC).

Repsol, por el contrario, sostiene que ha cumplido con fidelidad los compromisos que asumió en su día con el Regulador. Añade que éste aceptó ofrecer el "Modelo Consigna" a todas las gasolineras gestionadas de forma independiente antes de diciembre de 2018 era el instrumento válido para cumplir la resolución de 2019, pero que ahora sostiene que no.

Segunda multa por el mismo asunto

Se trata de la segunda sanción impuesta a la petrolera por incumplir la Resolución de 2009. La primera se aprobó en 2015, cuando la CNMC impuso una multa a la compañía de 8,75 millones.

Esta última actuación de la CNMC pone fin a la vía administrativa, aunque se puede interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.

La petrolera dirigida por Josu Jon Imaz ya ha conseguido en ocasiones anteriores que la Audiencia Nacional anule sanciones que le ha impuesto el Regulador. Y anuncia que también va a recurrir esta multa por la vía contencioso-administrativa ante el mismo Tribunal.

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